sábado, noviembre 11, 2006

TEMA TRASCENDENTE DEL DIA


PLAZA PÚBLICA


Excélsior, todavía

Por Miguel Angel Granados Chapa


ESTA en curso un juicio mercantil que demanda la nulidad de la venta de los activos de la cooperativa Excélsior a las empresas Grupo Ángeles Servicios de Salud y Aerogea, ocurrida el 23 de enero pasado. Presumiblemente en nombre de las sociedades adquirientes, el Grupo Imagen comunicó al público al día siguiente la operación, que ha dado como resultado la integración de la sociedad anónima que actualmente edita ese diario: Periódico Excélsior, SA de CV.


Veinte cooperativistas han iniciado ese procedimiento por considerar que las asambleas de la cooperativa de que formaban parte fueron convocadas y desarrolladas sin apego a la legalidad, tanto la interna de esa organización como la aplicable a esa materia. Se dijo que “más de 45 por ciento” de los socios convocaron a aquellas reuniones de enero. Pero los socios sólo estaban facultados para convocar directamente previa negativa de los consejos de administración y de vigilancia, y no consta que esos cuerpos colegiados hubieran recibido las solicitudes respectivas y acordaran denegarlas. Por añadidura, nadie firmó la convocatoria. No están rubricados los documentos enviados a los cooperativistas, ni el ejemplar que se fijó en las instalaciones del diario, ni en la publicación de la convocatoria aparecida en Excélsior el 16 de enero.


El punto quinto de la cooperativa preveía la realización de tres actos que debieron presentarse para su votación por separado: informe del presidente del Consejo de Administración sobre la situación económica de la cooperativa, resoluciones al respecto y “propuesta de venta de activos, bienes y derechos”. En vez de tal propuesta se aprobó una distinta, una propuesta de compra, lo que implica por sí misma la nulidad de la operación, pues no es dable acordar puntos no incluidos en el orden del día. No es lo mismo que se proponga la venta que conocer la propuesta de compra, y que esa propuesta fuera formulada por los representantes de los compradores, que por no pertenecer a la cooperativa no tenían derecho a estar presentes. Se impidió conocer otra oferta de compra presentada al Consejo de Administración legalmente reconocido (que no es el que actuaba en esas asambleas), y que era superior a la aceptada en ciento setenta y ocho millones de pesos. El presidente de la asamblea, Armando Heredia, actuaba con doble ilegalidad: por un lado, porque una sentencia judicial definitiva otorga el carácter de presidente del consejo a Rafael de la Huerta, y por otra parte porque está expresamente prohibido que los consejeros de administración y vigilancia presidan asambleas. En la nueva empresa mercantil que edita el diario Heredia figura como director de producción.No se verificó el quórum, ni se estipuló el número de votos que aprobaba cada punto. Ello permitió que la asamblea se despoblara al anunciarse que los cooperativistas serían trasladados en autobuses a la Junta de Conciliación y Arbitraje donde estaban disponibles los cheques con que se liquidaba el patrimonio de los cooperativistas. Que la propuesta de compra estaba fraguada y admitida antes de que la acordara la asamblea lo prueba el depósito bancario a favor de la cooperativa, que permitió a ésta expedir los cheques correspondientes, elaborados con anterioridad al acuerdo de vender los activos. También muestran que se había convenido antes esa operación los avisos previos en la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de los inmuebles vendidos, avisos realizados el 17 y el 18 de enero.


No quedó constancia del desarrollo de la asamblea, salvo la crónica aparecida en el diario editado ya por sus nuevos propietarios. En ella se lee que al aprobarse la venta, el presidente (él también espurio) ordenó certificar la votación, sin que su instrucción se cumpliera. Habían sido designados 17 escrutadores y en el desahogo de ningún punto del orden del día se realizó escrutinio alguno, excepto uno en que el escrutador fue el notario número 50, Joaquín Talavera, que acaso deseó realizar esa labor para justificar su presencia. Y es que no levantó fe de hechos, lo que sugiere que su presencia fue acordada sólo para generar en los angustiados cooperativistas confianza en la legalidad del acto.Los promoventes de la nulidad de la compraventa de los activos demandan que también se invalide el acuerdo de disolver y liquidar la cooperativa. El punto X del orden del día incluía “determinar la situación futura” de esa organización, pero no se llamó expresamente a su disolución y liquidación, operaciones trascendentales que hubieran requerido deliberación a partir de informes. Por cierto, las bases constitutivas de la cooperativa determinan que los balances y otros instrumentos contables y financieros (pertinentes para decretar la defunción de la empresa) fueran puestos a consideración de los cooperativistas diez días antes de la asamblea.


Los nuevos propietarios de Excélsior, los Olegarios Vázquez Raña y Vázquez Aldir, tienen delante otros frentes jurídicos. Por un lado, los efectos que en su adquisición tenga el desenlace del litigio sobre la legitimidad del Consejo de Administración, y por otra parte el caso de ciertos activos comprados por Aerogea, pues seis semanas antes de la compra fueron embargados el certificado de reserva de derecho al uso exclusivo del título Excélsior El periódico de la vida nacional, y el Centro de Información, el riquísimo archivo formado a lo largo de más de ochenta años (o lo que sobrevivió a la incuria y al saqueo a partir de 1976).